Se realizarán sanciones desde 3 meses hasta 7 años de prisión y una multa de entre 9,622 a 48,110 pesos quienes tomen casetas de cobro en las autopistas, de acuerdo con la reforma a la Ley de Vías Generales de Comunicación que entró en vigor un día después de su publicación.
En el artículo 533 de esta ley, deja en claro que las sanciones y multas son para quienes dañen, perjudiquen o destruyan las vías generales de comunicaciones o los medios de transporte o, incluso, hasta la construcción de dichas infraestructuras.
Además, se especifica que los castigos serán también para quienes obtengan un lucro, interrumpan el tránsito de los medios de transporte y la operación de los servicios de peaje, total o parcialmente.
Con información de: El Heraldo de México