El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la norma que ordena a los hospitales públicos practicar aborto en casos de violación a menores de entre 12 y 17 años de edad, aún sin necesidad de autorización de padres.
Fue el martes 24 de mayo que, en sesión pública, la SCJN aprobó los cambios a la Norma Oficial Mexicana NOM-190-SSA1-1999, Prestación de servicios de salud. Criterios para la atención médica de la violencia familiar, para quedar como NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención.
En la modificación se ordena el acceso de mujeres y niñas al aborto cuando hayan sido víctimas de violación sin necesidad de autorización judicial. En el caso de menores de edad, incluso sin la autorización de sus padres.
Con información de: LopezDoriga.com